domingo, 10 de febrero de 2019

ACTA CONVENCIÓN PROVINCIAL GEN - 12-ENERO-2019


ACTA N° 75
CONVENCION PROVINCIAL GEN Distrito Entre Ríos
En la ciudad de Gualeguaychú, Pcia. de Entre Ríos a los 12 días del mes de Enero de 2019, siendo las 10,30 horas, de conformidad a la convocatoria a Sesiones Ordinaria y Extraordinaria de la Convención Provincial del Partido GEN de Entre Ríos aprobada en reunión del Comité Ejecutivo Provincial del GEN, en uso de sus competencias, de fecha 24-10-2018, y en virtud de la delegación otorgada a la Mesa Ejecutiva de este órgano partidario, habiendo consultado y coordinado con las autoridades vigentes de la Mesa Directiva de la Convención, y establecido que las referidas sesiones se llevarán a cabo el día 12 de enero de 2019, la primera a la hora 09:30 y la segunda a la hora 10:00, en la ciudad de Gualeguaychú, se reúne la Convención Provincial del Partido GEN de Entre Ríos en el Salón del 2º piso del Hotel Embajador, sito en Tres de Febrero y San Martín, de dicha localidad. El Orden del Día de la Sesión Ordinaria es el siguiente: 1) Estados Contables del partido e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas. 2)  Informe de apoderados partidarios e Informe de gestión del Comité Ejecutivo Provincial. El Orden del Día de la Sesión Extraordinaria es el siguiente: 1) Reforma de la Carta Orgánica provincial conforme propuesta de los apoderados partidarios que contiene, entre otros temas, adhesión a la Carta Orgánica Nacional en lo que fuere compatible con la provincial, incorporación de la equidad de género, poner en vigencia el uso de medios electrónicos de comunicación para realizar encuentros partidarios. 2) Prórroga de mandatos de autoridades. 3) Política de alianzas para las elecciones generales de 2019 en la provincia, departamentos, municipios, juntas de gobierno y/o comunas. 4) Plataforma, Reglamento Electoral e incorporación de extrapartidarios para dichos comicios. Se invita a los presentes a iniciar la Sesión Ordinaria de la Convención Provincial del Partido GEN de Entre Ríos, previa convocatoria debidamente formulada y comunicada, luego de acreditados 20 señores convencionales titulares por los departamentos Gualeguaychú (11), Rosario del Tala (3), Uruguay (5), y Gualeguay (1), y 4 convencionales suplentes (3 del Departamento Uruguay y 1 de Concordia). Se aclara que los suplentes no se contabilizan para el quórum. Como lo estipula la Carta Orgánica del Partido GEN, Distrito Entre Ríos, se espera la hora preestablecida. Cumplido el plazo establecido por la Carta Orgánica partidaria, siendo las 10:30 hs., con el quórum correspondiente (art. 24º), y también el que corresponde en segunda convocatoria, la Convención da comienzo, bajo la Presidencia de su Vicepresidente , Esteban Zoilo Cruz, ante la ausencia del Presidente Jesús Liberatore.
Se da inicio, con el cumplimiento del Orden del Día, que es de conocimiento previo de los presentes:
1)Estados Contables del partido e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas: habilitado el   tratamiento, el Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia Esteban Cruz le solicita al Tesorero partidario, Alfredo Etchegoyen que brinde el informe. Etchegoyen presenta el Balance 2017 ingresado a la justicia, realizado por el Contador Jorge Watters, aclara que por enfermedad de este profesional se ingresó luego de la fecha límite establecido por la justicia electoral, lo que dará lugar a la aplicación de una multa. Aclara que el Balance se encuentra a estudio de los Auditores de la Cámara Nacional Electoral. También presenta el Informe de la Comisión Revisora de Cuentas que se incorpora como Anexo de la presente Acta. Da lectura de dicho Informe. Informa que no hay recursos en la Tesorería partidaria, que respecto de los aportes que provienen del Estado nacional no queda nada porque continúa el descuento de la sanción impuesta a raíz de las irregularidades cometidas por una lista del socialismo en las PASO de 2013 cuando se constituyó el frente F.A.P. en Entre Ríos. La convencional Stella Maris Rodríguez mociona que se aprueben los Estados Contables y el Informe de la Comisión Revisora de Cuentas. El Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia Cruz pone a votación la aprobación de los Estados Contables presentados y del Informe de la Comisión Revisora de Cuentas, resultando aprobados, por unanimidad.
2) Informe de apoderados partidarios e Informe de gestión del Comité Ejecutivo Provincial: en este estado, Cruz solicita al apoderado del partido, Dr. Osvaldo Fernández, que de este informe. Fernández comienza informando que el Dr. Néstor Golpe no va a continuar como apoderado del partido, propone un agradecimiento por su actuación en ese cargo y entiende que hay que ratificar su apoderamiento y el del Dr. Juan Ascúa, con designaciones vigentes. Asimismo hay que habilitar la eventual designación de otro apoderado. Informa que se reciben las notificaciones electrónicas tanto de la justicia electoral federal como del Tribunal Electoral Provincial. Que ante este se están presentando varios partidos provinciales nuevos y muchos vecinales. Que los mismos tendrán aprobación definitiva hasta el 13 de febrero de este año. Por otro lado, el GEN se encuentra con la personería plenamente vigente y se esperará el informe anual de la justicia electoral federal respecto de la cantidad actual de afiliaciones. Que se ha informado a la justicia electoral cuáles son las redes sociales que usa el partido. Que el partido está al día con las cuestiones administrativas en la justicia electoral. Que una vez definida la participación del GEN en un frente electoral para los comicios provinciales PASO y generales de este año, se trabajará en el Acta Constitutiva con toda la documentación que debe acompañarse y asumiendo la designación de apoderados del frente que le corresponde al partido. Habiendo finalizado Fernández,  el Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia, convoca al Presidente del Comité Ejecutivo Provincial, Francisco Larocca, para que de el informe de gestión de dicho organismo.
Larocca relata la situación política que se da en la provincia con la convocatoria a comicios desdoblados, separados de los nacionales. El gobierno provincial convocó a elecciones provinciales y municipales para abril con las PASO y para junio con el comicio general. El GEN se opuso al igual que otros partidos. Hecha la convocatoria y también de manera previa, se dieron conversaciones con dirigentes de otros partidos al efecto de constituir un frente electoral exclusivamente provincial. Así se habló con dirigentes de la UCR, el PRO, la Coalición Cívica, el Partido FE y otros. En cuanto al GEN, se ha realizado el Congreso Nacional el pasado 7 de diciembre, se aprobó la autonomía de cada distrito para resolver en lo que respecta a la participación en alianzas electorales provinciales. También se eligió a Osvaldo Fernández y a Elena Barcos como Secretarios de la Junta Ejecutiva Nacional y al propio Larocca como Secretario de la Mesa  del Congreso Nacional del GEN. Luego de un proceso complicado por la oposición de un pequeño sector del partido, se habían elegido los representantes del GEN de Entre Ríos ante la Junta Ejecutiva y el Congreso Nacional. Se ha actuado ante las autoridades nacionales del GEN, explicando la situación política en Entre Ríos. Por otro lado, en reunión del Comité Ejecutivo Provincial se dieron instrucciones para revisar la constitución del Comité Paraná ante la renuncia de varios de sus miembros y tomar medidas al respecto lo que así se está haciendo. EL partido está con la personería en orden, tratando de tener presencia en temas políticos diversos. Y con la decisión de participar de los comicios del 2019 para mantener la estructura y vigencia del GEN, con muchas dificultades por falta de recursos. Con la colaboración de la militancia y de la dirigencia se hace el esfuerzo de sostener el partido. Recuerda Larocca que en 2015 el GEN participó de Cambiemos, lo mismo se hizo en 2017, siempre con perfil propio. Dice que en estos momentos difíciles más que nunca hay que juntar esfuerzos para derrotar al justicialismo en Entre Ríos y lograr que llegue el cambio a la provincia. Informa que el Comité Ejecutivo Provincial sostiene la posición de participar en el frente electoral provincial Cambiemos. El convencional Machicote mociona que se aprueben los informes. Puesto a votación por Cruz, se aprueban los Informes de apoderados y de gestión del Comité Ejecutivo Provincial, por unanimidad. De esta manera, concluye la Sesión Ordinaria de la Convención.
 A continuación se invita a los presentes a iniciar la Sesión Extraordinaria de la Convención Provincial del Partido GEN de Entre Ríos, previa convocatoria debidamente formulada y comunicada, manteniéndose presentes los 20 señores convencionales titulares acreditados por los departamentos Gualeguaychú (11), Rosario del Tala (3), Uruguay (5), y Gualeguay (1), y 4 convencionales suplentes (3 del Departamento Uruguay y 1 de Concordia). Se aclara que los suplentes no se contabilizan para el quórum. Como lo estipula la Carta Orgánica del Partido GEN, Distrito Entre Ríos, se espera la hora preestablecida. Cumplido el plazo establecido por la Carta Orgánica partidaria, siendo las 11:15 hs., con el quórum correspondiente (art. 24º), y también el que corresponde en segunda convocatoria, la Sesión Extraordinaria de la Convención da comienzo, bajo la Presidencia de su Vicepresidente , Esteban Zoilo Cruz, ante la ausencia del Presidente Jesús Liberatore.
Se da inicio, con el cumplimiento del Orden del Día, que es de conocimiento previo de los presentes:
1)      Reforma de la Carta Orgánica provincial conforme propuesta de los apoderados partidarios :
El Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia, Cruz, le solicita al apoderado partidario Dr. Osvaldo Fernández que explique el contenido de la Reforma de la Carta Orgánica del GEN de Entre Ríos. Fernández aclara que se trata de una reforma dirigida a poner a tono la Carta Orgánica provincial con la nacional, que fuera recientemente reformada en el Congreso Nacional del partido, en todo aquello en lo que sean compatibles, sobre todo en temas de paridad de género. También se introducen reformas de carácter formal y que son resultado de la experiencia de los años de funcionamiento del partido y de distintos aportes recibidos de afiliados. Solicita se le permita dar lectura a cada uno de los artículos con el texto propuesto como reforma, lo que así se aprueba y se reproducen esos artículos que son los siguientes:
“ARTÍCULO 8: Se aplicarán para los actos eleccionarios internos, las disposiciones de esta Carta Orgánica  y las normas legales vigentes, Ley 19.945  T.O por Dec. 2135/83 – Código Nacional Electoral- y modificatorias, Ley 23.298 y Ley 26.571 – Ley Orgánica de los partidos políticos-, Ley 26.215 – Financiamiento de los partidos políticos – Ley 24.012 – Ley de cupo femenino -, Ley 27.412 – de paridad de género-, las Leyes Electorales y de Partidos Políticos de la Provincia de Entre Ríos y sus Decretos Reglamentarios, y las que en lo sucesivo se dicten.
ARTÍCULO 11: Se elegirán por el voto secreto y directo de los afiliados, los candidatos a Titulares de los Ejecutivos de la Provincia, de los Municipios y Comunas, y cualquier otro cargo electivo nacional, provincial, departamental, municipal, comunal y de juntas de gobierno.
ARTÍCULO 14: En la conformación de todas las listas de candidatos a cargos electivos nacionales, provinciales, municipales,  comunales y de juntas de gobierno deberán  adoptarse como norma de interpretación obligatoria lo preceptuado en las Leyes 19.945  T.O por Dec. 2135/83 – Código Nacional Electoral- y modificatorias, Ley 23.298 y Ley 26.571 – Ley Orgánica de los partidos políticos- y las Leyes Electoral, de Partidos Políticos, de Municipios y de Equidad de Género de la Provincia de Entre Ríos y sus Decretos Reglamentarios, y las que en lo sucesivo se dicten.
ARTÍCULO 18: Los órganos de gobierno del partido son:
a) La Convención de la Provincia.
b) El Comité Ejecutivo de la Provincia.
c) El Tribunal de Disciplina
d) La Comisión Revisora de Cuentas.
e) La Junta Electoral.
f) El Instituto de Formación y Capacitación Política y Gremial.
g) Responsables Económico-Financieros de campaña.
h) Responsable Político de campaña.
En la integración de los órganos de gobierno del partido se aplicará la Ley 27.412 respetando la paridad de género de manera intercalada uno en uno entre mujeres y varones.
ARTÍCULO 19: Para integrar los órganos de gobierno del partido se requiere tener dos años de antigüedad en la afiliación. Este requisito no se exigirá para la primera constitución, siendo suficiente con estar afiliado.
Los mandatos de todos los cargos partidarios durarán dos (2) años, pudiendo ser reelectos por un nuevo período. Cuando han sido reelectos no pueden ser elegidos para el mismo cargo partidario, sino con el intervalo de dos (2) años.
La elección de todas las autoridades del partido se hará en un solo acto electoral.
Las comunicaciones oficiales del partido se publican en el sitio web partidario (www.genentrerios.blogspot.com) y en las redes sociales que se declaren por ante la Justicia Electoral Federal.
ARTÍCULO 20: La Convención de la Provincia estará compuesta por treinta y cuatro (34) miembros titulares y diecisiete (17) suplentes, elegidos por el voto directo y secreto de los afiliados al partido conforme al sistema electoral que se establece en el capítulo "Régimen Electoral". Asimismo, la integrarán de pleno derecho, con voz y voto, pero sin derecho a ser autoridad, los afiliados que fuesen elegidos para ocupar cargos ejecutivos y legislativos en la Nación, la Provincia, los Municipios, las Comunas y Juntas de Gobierno.
Sus autoridades serán un presidente, un vicepresidente, un secretario y un prosecretario. Todos serán designados de entre los delegados electos por simple mayoría. La Convención adopta medios electrónicos de comunicación en línea para realizar reuniones de los cuerpos orgánicos partidarios, debiendo asegurarse el respaldo de la información para garantizar su autenticidad y preservación. Requerirá al efecto el asesoramiento técnico adecuado.  Los convencionales podrán emitir opinión y voto por medios electrónicos aceptados por la Mesa del organismo, considerando los mismos al efecto del quórum.
ARTICULO 24: La Convención de la Provincia tendrá quórum para funcionar en primera convocatoria con la presencia de la mitad más uno del total de sus miembros; en segunda convocatoria una hora después de la primera, quedará habilitada para funcionar con la presencia del veinticinco por ciento con al menos ocho (8) miembros.
ARTÍCULO 27: El Comité Ejecutivo de la Provincia es el órgano de ejecución del partido. Funciona con un quórum de la mitad más uno de sus miembros y adopta sus decisiones por simple mayoría, salvo los casos en los que se establezca en esta Carta una mayoría especial.
Le competen las siguientes funciones:
a) Tiene a su cargo la apertura de una cuenta bancaria en el Banco de la Nación Argentina, la administración de los bienes y recursos del partido. Decide sobre su aplicación conforme al presupuesto aprobado por la Convención de la Provincia.
b)  Decide sobre las solicitudes de afiliación y tiene a su cargo el registro de afiliados.
c)  Representar al partido ante otras instituciones, celebrar acuerdos y/o alianzas electorales y establecer estrategias políticas.
d)  Es el enlace entre el partido y los miembros del mismo que se encuentren ejerciendo cargos electivos.
e)  Tiene a su cargo la confección y custodia de los libros y documentos del partido, tales como libros contables, padrones y otros exigidos legalmente. Lleva la contabilidad e informa sobre sus resultados. En tal sentido producirá una memoria y balance de la gestión para la aprobación por la Convención de la Provincia.
La fecha de apertura del ejercicio contable será el 1º de enero y la de cierre será el 31 de Diciembre. El Tesorero y el Pro-Tesorero actuarán de conformidad a la presente Carta Orgánica y a las previsiones de la Ley 26.215, y las que en lo sucesivo se dicten.
f) Planifica la campaña electoral y coordina las tareas de prensa y publicidad.
g) Informa sobre sus actividades en cada reunión de la Convención de la Provincia y ante el requerimiento de la misma.
h) Convoca a elecciones partidarias, salvo la situación prevista por el artículo 21º, inciso h), segundo párrafo.
i)Convoca a la Convención de la Provincia a sesiones extraordinarias de conformidad al artículo 23º, inciso a.
j) El Comité Ejecutivo adopta medios electrónicos de comunicación en línea para realizar reuniones de los cuerpos orgánicos partidarios, debiendo asegurarse el respaldo de la información para garantizar su autenticidad y preservación. Requerirá al efecto el asesoramiento técnico adecuado.  Los miembros del Comité Ejecutivo podrán emitir opinión y voto por medios electrónicos aceptados por la Mesa del organismo, considerando los mismos al efecto del quórum.
ARTICULO 28: El Comité Ejecutivo de la Provincia podrá crear Comités de Departamento que podrán abarcar y comprender a uno o más municipios hasta el límite de los que componen el respectivo departamento de los diecisiete en que está divida la provincia, y a pedido de los afiliados del departamento del que se trate. Los Comités de Departamento estarán compuestos por un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y la cantidad de vocales titulares necesarios de modo tal que sumados a los cuatro cargos mencionados no superen un número de doce. Ningún Comité de Departamento podrá tener menos de tres vocales ni más de ocho, las mismas contaran con el 50% de vocales suplentes. Los integrantes de los Comités de Departamento serán elegidos por el voto directo  y secreto de los afiliados que tengan domicilio en el departamento del que se trate. Funcionaran con quórum de la mitad más uno de sus miembros y adoptarán sus decisiones por simple mayoría.
Competen a los Comités de Departamento las siguientes funciones:
a) Representar al partido ante instituciones y otros partidos políticos del departamento.
b) Ser enlace entre el partido y los miembros del mismo que se encuentren ejerciendo cargos electivos en el departamento.
c) Planificar la campaña electoral y coordinar las tareas de prensa y publicidad en el departamento.
d) Informar sobre sus actividades al Comité de la Provincia ante su requerimiento.
e) Convocar a elecciones partidarias de autoridades del departamento.
f)Designar apoderado legal en su jurisdicción.
g)Constituir Comités de Municipio, Comunas y Juntas de Gobierno, en las localidades que integran cada departamento, con iguales funciones e integración que el Comité de Departamento. Estos Comités también podrán ser constituídos por el Comité Ejecutivo Provincial.
CAPITULO DECIMO PRIMERO- RESPONSABLES ECONOMICO-FINANCIEROS                                                 Y  DE CAMPAÑA
ARTICULO  34: Se elegirán por el voto directo y secreto  de los afiliados conforme al sistema electoral indicado en el capítulo "Régimen Electoral", dos (2) Responsables Económico-Financieros de Campaña, en un todo de acuerdo a las previsiones de los artículos 18 y 27 de la Ley 26.215, y las que en lo sucesivo se dicten.  Serán solidariamente responsables junto con el Tesorero por el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas aplicables y su elección será comunicada al juez federal con competencia electoral en el Distrito, y al Ministerio del Interior de la Nación.  Sus funciones y competencias se ejercerán de conformidad a las disposiciones de la Ley 26.215 y las que en lo sucesivo se dicten. Asimismo se elegirá un (1) Responsable Político de Campaña.
ARTÍCULO 41: El Instituto de Formación y Capacitación Política y Gremial, denominado “Instituto de Estudios para una Nueva Generación IGEN”,  es un espacio abierto, participativo y plural que tiene como finalidad detectar los problemas y debatirlos, y proponer ideas para la transformación de la sociedad en una dirección más justa, igualitaria, transparente y democrática. Deberá garantizar la igualdad de oportunidades para todos los afiliados y tendrá como misión, entre otras, las siguientes:
a) Formar a los afiliados en la doctrina y principios éticos que dieran origen al Partido “G E N” transmitiendo asimismo, sus bases y tradiciones políticas;
b) Capacitar a los afiliados que, deseen incrementar sus conocimientos,  contenidos políticos y/o las habilidades técnicas requeridas para  mejorar su eficiencia en el desempeño de funciones en entidades sociales sin fines de lucro, en cargos públicos y/o partidarios, respetando siempre los principios partidarios;
c) Promover, el conocimiento en miras al  fortalecimiento de las instituciones democráticas y de los postulados partidarios.
d) Impulsar la investigación socioeconómica y política de temas de interés nacional, provincial, municipal y/o comunal a fin de facilitar la toma de decisiones de legisladores y/o autoridades partidarias.-
e) Instruir a los afiliados en cuestiones inherentes a la actividad gremial, a fin de facilitar su inclusión en las organizaciones sindicales, consejos profesionales y/o agrupaciones estudiantiles, a efectos de facilitar la participación y la democracia en dichos ámbitos;
f) Actividad editorial: comprende la edición y producción de publicaciones en diversos formatos y medios destinadas a la difusión de las actividades mencionadas anteriormente.
ARTÍCULO 42:  El Instituto de Formación y Capacitación Política y Gremial, se encontrará a cargo del Comité Ejecutivo, quien  formulará, implementará y supervisará  los programas de capacitación y los presupuestos necesarios para su ejecución. Será conducido por un Director, electo por el voto de los afiliados.
ARTICULO 47: Hasta tanto se encuentren en funciones las primeras autoridades partidarias electas por los afiliados, cuando se constituya una Junta o Comité Promotor en los Departamentos, Municipios, Comunas y Juntas de Gobierno, esta ejercerá las funciones correspondientes establecidas en la carta orgánica del Partido, debiendo decidir estas cuestiones por mayoría simple y con quórum de la mitad más uno del total de sus miembros.
Los miembros de la Junta o Comité Promotor podrán ser removidos por la asamblea fundadora por simple mayoría, y con quórum de la mitad más uno del total de sus miembros. Del mismo modo, el Comité Ejecutivo Provincial  podrá declarar disuelta la Junta o Comité Promotor si hubiere renunciado fehacientemente la mitad más uno de sus integrantes.
ARTÍCULO 48: En el caso previsto por el artículo anterior para el desempeño y elección de cargos partidarios no se exigirá antigüedad en la afiliación”.
Finalizada la lectura, Fernández contesta preguntas que se le formulan, aclarando dudas. A continuación, el convencional Quinteros mociona que se apruebe la reforma. Cruz somete a votación la totalidad de las reformas propuestas conforme el texto leído y que aquí se reproduce, las que se aprueban por unanimidad. Asimismo se le encomienda a los apoderados que ordenen el texto aprobado y que  presenten, con urgencia y ni bien lo permita la terminación de la feria judicial de verano, ante la justicia electoral federal el texto reformado de la Carta Orgánica, y soliciten una copia auténtica.
2)Prórroga de mandatos de autoridades. Para  el tratamiento de este punto, Cruz le solicita al Presidente Larocca que explique la propuesta. Larocca informa que al adelantarse las elecciones de la provincia, con las PASO de abril y las generales de junio de este año, las alianzas deben inscribirse el 13 de febrero y las candidaturas se presentan el 23 del mismo mes. Todo esto coincide con la renovación de autoridades del partido que debiera realizarse en el mes de febrero. Por eso se solicita prorrogar los mandatos de las actuales autoridades partidarias hasta el 31 de marzo de 2019 para permitir convocar y realizar el proceso electoral interno de renovación de mandatos de autoridades del GEN de Entre Ríos, con la tranquilidad necesaria y sin entorpecer ninguna de las actividades del partido. El convencional Ezequiel Gómez toma como propia la propuesta y mociona que se la apruebe. Cruz somete a votación la propuesta de prorrogar los mandatos de las autoridades partidarias hasta el 31 de marzo de 2019, lo que se aprueba por unanimidad. Larocca aclara que se realizará la convocatoria a comicios internos en debida forma.
3) Política de alianzas para las elecciones generales de 2019 en la provincia, departamentos, municipios, juntas de gobierno y/o comunas.
Planteado el tratamiento de este punto por parte del Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia, éste mociona que se dé uso de la palabra a distintos referentes partidarios que han mantenido diversas reuniones con otras fuerzas políticas con miras a las próximas elecciones. Puesta la moción a votación, se aprueba por unanimidad. Varios de los presentes hacen uso de la palabra y brindan un detallado informe de las reuniones, encuentros y conversaciones que se han mantenido con representantes de varios partidos y agrupaciones, entre otros, UCR, PRO, Movimiento Social Entrerriano, agrupaciones del sector Renovador del PJ, PS, CC, vecinalismo, fuerzas de izquierda, etc. Continuando el análisis de este punto el convencional Quinteros considera importante debatir la realidad política actual en la provincia de Entre Ríos y teniendo esa guía, concretar en función de esa dirección política los acuerdos que resulten más adecuados, teniendo en cuenta que este es un tema largamente debatido en el partido y que tanto para las elecciones de 2015 como de 2017 el GEN integró la alianza electoral Cambiemos. Entiende que el GEN debe continuar en Cambiemos, con perfil propio y desde la diversidad en función de unir, con actitud pluralista, para lograr el triunfo en Entre Ríos y permitir que llegue el cambio a la provincia ante el desgaste y los vicios que viene mostrando el  justicialismo en su continuidad en el gobierno en los últimos quince años. Esta posición política es acompañada por las autoridades constituidas y en funcionamiento de todos los Comités de Departamento del GEN de Entre Ríos. Propone que se delegue en autoridades partidarias la tramitación de los acuerdos electorales, la firma de la documentación y la designación de representantes del GEN ante los órganos de la alianza electoral transitoria que se constituya. Asimismo que en los municipios y departamentos se pueda ampliar la base de acuerdos, siempre desde Cambiemos, lo cual deberá ser supervisado y aprobado por las autoridades partidarias delegadas. Efectuada esta propuesta, la misma recibe el apoyo de varios convencionales, ante lo cual Quinteros mociona: 1) Que el Partido GEN de Entre Ríos integre la alianza electoral transitoria CAMBIEMOS para los comicios provinciales convocados para abril y junio de 2019; 2) Que dicha participación sea con perfil propio y que se procure modificar el nombre de la alianza y hacer reserva de otra denominación para una lista de candidatos  en las que participe el GEN  para las P.A.S.O. del frente electoral; 3) Delegar en la Mesa Ejecutiva del Comité Ejecutivo Provincial del GEN de Entre Ríos, integrada por el Presidente Francisco Larocca, Vicepresidente 1º Osvaldo Daniel Fernández, Vicepresidente 2º Néstor Lino Golpe y Secretaria Elena Barcos, la celebración y firma del Acta Constitutiva de la alianza electoral autorizada, al igual que el Reglamento Electoral, la Plataforma y todo otro documento o acto que fuere necesario para su conformación e inscripción ante el Tribunal Electoral de la Provincia. Para la firma de cualquiera de esos documentos bastará la rúbrica de dos de los miembros de la Mesa Ejecutiva del Comité Ejecutivo Provincial. Asimismo se les delega la designación de representantes del GEN ante los órganos de gobierno de la alianza electoral transitoria autorizada; 4) Ampliar la base de acuerdos en los departamentos, municipios, juntas de gobierno y comunas, siempre desde CAMBIEMOS, para conformar la alianza electoral transitoria autorizada con la supervisión y aprobación de las autoridades partidarias delegadas. Puesta la moción a votación, resulta aprobada por unanimidad.
4) Plataforma, Reglamento Electoral e incorporación de extrapartidarios para dichos comicios. Habilitado este punto, el convencional Machicote solicita al apoderado partidario Osvaldo Fernández que de lectura a los modelos de Acta Constitutiva y Reglamento Electoral de alianzas electorales transitorias que se proponen para los comicios provinciales de 2019. Hecho lo cual, Machicote mociona que se aprueben las propuestas de modelo de Acta Constitutiva y Reglamento Electoral de alianzas electorales transitorias leídas por el apoderado partidario que ya fueran debatidas  y que son documentos que las autoridades partidarias delegadas podrán emplear para los acuerdos del frente electoral. Puesta la moción a votación, se aprueba por unanimidad. Respecto de la Plataforma Electoral, el Presidente en ejercicio Cruz mociona que se utilice la que se aprobó para las elecciones provinciales de 2015 y se la actualice, facultándose para  dicha elaboración a la Mesa Ejecutiva del Comité Ejecutivo Provincial. Puesta la moción a votación, se aprueba por unanimidad.
Autorización para la participación de extrapartidarios en las listas del GEN y alianzas que integre: El Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia informa que por Carta Orgánica el partido debe autorizar la participación de extrapartidarias en las listas de precandidatos que se presenten para las elecciones PASO y generales de este año. A continuación mociona que se autorice la inclusión de extrapartidarias en las listas de precandidatos que postule el GEN, solo como partido y/o conformando alianzas electorales transitorias para el proceso electoral provincial del 2019, lo que puesto a consideración es aprobado por unanimidad.
 VARIOS: En este estado la convencional Rodríguez mociona que se habilite el tratamiento de otros puntos bajo la consideración de Varios. Puesta la moción a votación, se aprueba por unanimidad.
a)El convencional Ezequiel Gómez mociona la ratificacion y continuidad en la designacion de apoderados partidarios, de acuerdo a lo solicitado por el apoderado Fernández, dejando en claro que el Dr. Néstor Golpe no continuará en esa función. Solicita un expreso reconocimiento y agradecimiento al Dr. Golpe por la fructífera tarea de apoderado del partido. En consecuencia mociona la continuidad y ratificación como apoderados partidarios de los Dres. Osvaldo Daniel Fernández y Juan Ascúa. Asimismo, que se autorice al Comité Ejecutivo Provincial a designar otros apoderados si fuere necesario, quedando sujetas dichas designaciones a ratificación de la Convención. Puesta la moción a votación, se aprueba por unanimidad. Destacan los presentes el reconocimiento al Dr. Golpe por su actuación como apoderado del partido.
b)El convencional Quinteros mociona que se autorice a la Mesa Ejecutiva del Comité Ejecutivo Provincial a designar certificadores de fichas de afiliación y que se comuniquen a la justicia electoral federal. Puesta la moción a votación, se aprueba por unanimidad.
c)El convencional Machicote mociona que firmen el Acta de esta Convención el Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia, Esteban Cruz, y los convencionales Juan Carlos Quinteros y Leticia Benedetti. También solicita a los apoderados partidarios la comunicación de la presente a las autoridades electorales competentes. Puestas a votación ambas mociones, se aprueban por unanimidad.
Finalmente, el Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia,  Esteban Cruz efectúa un agradecimiento para todos los presentes por participar y para la dirigencia y militantes por la organización de la Convención, dando cierre a la misma, no siendo para más, a las 13:00 hrs. del día citado supra, firmando al pie, de conformidad, los convencionales Esteban Cruz, Juan Carlos Quinteros y Leticia Benedetti, habilitados al efecto.

                        Esteban Cruz                   Juan Carlos Quinteros                  Leticia Benedetti

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