domingo, 16 de septiembre de 2012

RESOLUCION CONVENCION PROVINCIAL GEN


RESOLUCION N° 001 /2012
CONVENCION PROVINCIAL GEN
Distrito Entre Ríos

VISTO:
Lo dispuesto en la Carta Orgánica partidaria y en mérito a la situación actual de las autoridades partidarias que demanda una normalización del Comité Ejecutivo Provincial, en tanto corresponde se adopten decisiones políticas de carácter urgente por esta Convención Provincial del Partido GEN – Distrito Entre Ríos; y
CONSIDERANDO:

Que debe procederse a la elección de autoridades partidarias del Comité Ejecutivo Provincial, y de Comités de Departamento que correspondieren.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Carta Orgànica, ha de efectuarse la reglamentación y convocatoria a elecciones internas para la elección de dichas autoridades partidarias;
Que siendo esta Convención la máxima autoridad partidaria es el ámbito adecuado para decidir medidas y fijar disposiciones que hacen al buen gobierno de la agrupación política GEN, teniendo en cuenta el debate suscitado en sesión de aquel cuerpo y las propuestas expresadas por los Srs. Convencionales;
POR ELLO:
LA CONVENCION PROVINCIAL DEL GEN – DISTRITO ENTRE RIOS, en uso de las atribuciones que la Carta Orgánica partidaria le otorga,
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Aprobar el Reglamento Interno de esta Convención que como Anexo I forma parte de la presente.-
ARTICULO 2º.- Rechazar la nota presentada en el día de hoy por un grupo de afilados y convencionales, a la hora 12:20, por extemporánea, improcedente, fuera de lugar y carente de fundamentos y razón, conforme a las consideraciones que se expresan como Anexo II de la presente.-
ARTICULO 3°.- Convalidar la prórroga de las autoridades partidarias del Comité Ejecutivo Provincial cuyo mandato concluyó el 27 de Febrero de 2012, hasta el 30 de Agosto de 2012, aprobando lo actuado por sus integrantes conforme Informe de Gestión brindado por su Presidente y Estados Contables suministrados por su Tesorero.
ARTICULO 4º.- Convocar a elecciones internas para la elección de autoridades partidarias del Comité Ejecutivo Provincial y de Comités Departamentales que correspondieren,  a celebrarse el 07 de Octubre de 2012 de acuerdo a la Resolución que al efecto sancionará esta Convención.-
ARTICULO 5º.-  Autorizar la asignación de fondos de libre disponibilidad partidaria para solventar actividades del Comité Departamental de Concordia y del Centro de Apoyo Escolar que funciona en Gualeguaychú bajo supervisión de las autoridades partidarias de este Departamento.
ARTICULO 6º.-  Aprobar el Proyecto de Capacitación presentado ante esta Convención por integrantes de la Juventud del GEN, autorizando el uso de fondos enviados al efecto por el Ministerio del Interior.
ARTICULO 7°.-  Conformar una Comisión que se hará cargo de las tareas administrativas partidarias desde el 1º de septiembre hasta el 07 de octubre de 2012, sin perjuicio de las facultades propias de la Convención Provincial, integrada por 3 personas, cuya designación estará a cargo de la Mesa Directiva de esta Convención.-
ARTICULO 8º.- Adherir a los festejos por el Centenario de la Federación Agraria Argentina, enviando las comunicaciones de rigor.
ARTICULO 9°.- Solicitar a la Mesa Ejecutiva Nacional del GEN un incremento en el aporte mensual de fondos que se remite al Distrito Entre Ríos y el trámite por ante el Ministerio del Interior de un aporte extraordinario de fondos para actividades partidarias.
ARTICULO 10º.- Autorizar al Sr. Apoderado Partidario, Dr. Néstor Golpe, a continuar con las gestiones que viene desarrollando por ante la Justicia Electoral Federal con motivo de expedientes diversos vinculados a las normas que regulan el régimen económico-financiero de los partidos y las afiliaciones a las agrupaciones políticas. Asimismo, instar a quienes se encuentren obligados a efectuar aportes partidarios a cumplir con los mismos en tiempo y forma.
ARTICULO 11º.- Aprobar la Declaración Política que como Anexo II forma parte de la presente, remitiéndola a los medios de comunicación y a las autoridades partidarias nacionales.
ARTICULO 12º. Regístrese, Publíquese en el blog (www.genentrerios.blogspot.com) del Partido y Archívese.-
                                                       
                                                 Villaguay, 31 de  Agosto  de 2012.-

           María Isabel Virgolini                                                 Valentina Uranga                                                           
                    Secretaria                                                               Presidente

 ANEXO II – Resolución Nº 001/2012 Convención Provincial Partido GEN.-
Un grupo de Convencionales y afiliados, encabezado por el Sr. Drago, Pedro Marcelo, presentó en el día de hoy, 31 de agosto de 2012, a la hora 12:20, en el domicilio particular de la Presidente de esta Convención, Valentina Uranga, una nota en la que se rechaza la celebración de la Convención Provincial del GEN, citada para esta fecha, aduciendo que la convocatoria contiene vicios insalvables que la convierten en nula. Los presentantes plantean la nulidad de la Convención si esta se constituye para deliberar.
Puesto el tema a consideración de la Convención, luego de darse lectura a la nota de referencia, por moción del convencional Machicote, que se aprueba por unanimidad, se solicita al Sr. Apoderado partidario, que de su opinión técnica al respecto.
El Apoderado partidario, Dr. Néstor Golpe, expresa que la nota debe rechazarse por extemporánea, improcedente, fuera de lugar y carente de fundamentos. Señala que aparece como un intento fútil y tardío para evitar el funcionamiento de la máxima autoridad partidaria mediante un artilugio político que carece de razonabilidad legal. La convocatoria a la Convención fue debidamente formulada y comunicada fehacientemente. Se publicó en el Boletín Oficial de la Pcia. de Entre Ríos y en diarios locales de las ciudades de Paraná, Concepción del Uruguay y Gualeguaychú, mediante edictos. Se enviaron decenas de correos electrónicos a dirigentes y militantes del partido conteniendo la convocatoria. La misma fue reflejada en noticias publicadas en varios medios de prensa. Se efectuó una presentación ante la justicia electoral comunicando la convocatoria y acompañando instrumentos que acreditan lo antedicho. Se publicó la convocatoria en el blog partidario, que está oficializado ante la justicia electoral. Del mismo modo, se publicó la convocatoria en la página web del partido nacional GEN. En la última reunión nacional de la Mesa Ejecutiva del GEN se comunicó la realización de esta Convención. Desde principios de año se ha venido hablando en varias reuniones partidarias acerca de la necesidad de convocar la Convención. En una de ellas, en la ciudad de Villaguay, varios dirigentes se expresaron en ese sentido, en tanto por vía de mensaje de texto, desde el Comité de Concordia se hizo saber su apoyo a la convocatoria de la Convención. Se efectuaron varias reuniones previas en las que participaron algunos de los que firman la nota con pretensión nulificatoria, en las que se acordó el Orden del Día de la Convención y hasta se adecuó su fecha por expreso pedido de uno de ellos. El Secretario del Comité Ejecutivo Provincial, de la gestión que finalizó el 31-08-12, envió un correo electrónico a la Presidente de la Convención solicitando la remisión del proyecto de Reglamento Interno que se ha discutido y aprobado hace minutos en este cuerpo, para entregarlo a los convencionales de Concepción del Uruguay. Con ello ha convalidado que tiene conocimiento oportuno y en forma de la convocatoria y el orden del día de esta Convención. Curiosamente, algunos de los firmantes de la nota en cuestión son convencionales de ese departamento. El Presidente del Comité Ejecutivo Provincial saliente, ha remitido a esta Convención, con firma de su puño y letra, un Informe de Gestión, de acuerdo a uno de los puntos de la Convocatoria establecido en el Orden del Día, con lo que demuestra su conocimiento previo y avala la constitución de esta sesión. No existe ninguna disposición en la Carta Orgánica ni en otra normativa que regule procedimientos para convocar a la Convención. De hecho, hace instantes se ha aprobado el Reglamento Interno de la Convención que, por supuesto, opera de pleno derecho hacia delante y por ende no puede ser invocado hacia atrás. En lo que respecta a la consideración de la Memoria y Estado Contable se incurre en un error de apreciación de las disposiciones de la Carta Orgánica confundiendo cuestiones propias de la Comisión Revisora de Cuentas con atribuciones del Comité Ejecutivo Provincial. Si este organismo no efectuó algún acto corre por su cuenta y como está dicho en un principio jurídico “nadie puede alegar su propia torpeza”. Del mismo, la presentación efectuada por el referido grupo de convencionales es una aceptación por la teoría de los actos propios, que se tenía conocimiento previo y fehaciente de la convocatoria a esta Convención por lo que, en lugar de atacarla de nulidad, debieron hacerse presentes, al efecto de participar democráticamente de la misma.
La Presidente de esta Convención y la Secretaría de la misma, a su turno, ratificaron una a una, todas las acciones y medidas implementadas a los efectos de comunicar debidamente a los Srs. Convencionales la Convocatoria a la Convención y que fueran relatadas por el Apoderado partidario.
Puesta la nota de referencia en consideración, por unanimidad se aprueba su rechazo, por los fundamentos antes expuestos, que en Anexo serán parte de la Resolución que se someterá a votación, oportunamente, junto a otros temas que son parte del Orden del Día.-

      María Isabel Virgolini                                                             
              Secretaria                                                                            
      Valentina Uranga
          Presidente
  

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