RESOLUCION
N° 001 /2012
CONVENCION
PROVINCIAL GEN
Distrito Entre Ríos
VISTO:
Lo dispuesto en la Carta Orgánica partidaria
y en mérito a la situación actual de las autoridades partidarias que demanda
una normalización del Comité Ejecutivo Provincial, en tanto corresponde se
adopten decisiones políticas de carácter urgente por esta Convención Provincial
del Partido GEN – Distrito Entre Ríos; y
CONSIDERANDO:
Que debe procederse a la elección de
autoridades partidarias del Comité Ejecutivo Provincial, y de Comités de
Departamento que correspondieren.
Que en ejercicio de las atribuciones
conferidas por la Carta Orgànica, ha de efectuarse la reglamentación y
convocatoria a elecciones internas para la elección de dichas autoridades
partidarias;
Que siendo esta Convención la máxima
autoridad partidaria es el ámbito adecuado para decidir medidas y fijar
disposiciones que hacen al buen gobierno de la agrupación política GEN,
teniendo en cuenta el debate suscitado en sesión de aquel cuerpo y las
propuestas expresadas por los Srs. Convencionales;
POR ELLO:
LA CONVENCION PROVINCIAL DEL GEN – DISTRITO
ENTRE RIOS, en uso de las atribuciones que la Carta Orgánica partidaria le
otorga,
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Aprobar el Reglamento Interno de esta
Convención que como Anexo I forma parte de la presente.-
ARTICULO
2º.- Rechazar la nota
presentada en el día de hoy por un grupo de afilados y convencionales, a la
hora 12:20, por extemporánea, improcedente, fuera de lugar y carente de
fundamentos y razón, conforme a las consideraciones que se expresan como Anexo
II de la presente.-
ARTICULO
3°.- Convalidar la prórroga de
las autoridades partidarias del Comité Ejecutivo Provincial cuyo mandato
concluyó el 27 de Febrero de 2012, hasta el 30 de Agosto de 2012, aprobando lo
actuado por sus integrantes conforme Informe de Gestión brindado por su
Presidente y Estados Contables suministrados por su Tesorero.
ARTICULO 4º.- Convocar a elecciones
internas para la elección de autoridades
partidarias del Comité Ejecutivo Provincial y de Comités Departamentales que
correspondieren, a celebrarse el 07 de
Octubre de 2012 de acuerdo a la Resolución que al efecto sancionará esta
Convención.-
ARTICULO 5º.-
Autorizar la asignación de fondos de libre
disponibilidad partidaria para solventar actividades del Comité Departamental
de Concordia y del Centro de Apoyo Escolar que funciona en Gualeguaychú bajo
supervisión de las autoridades partidarias de este Departamento.
ARTICULO 6º.-
Aprobar el Proyecto de Capacitación presentado ante
esta Convención por integrantes de la Juventud del GEN, autorizando el uso de
fondos enviados al efecto por el Ministerio del Interior.
ARTICULO 7°.-
Conformar una Comisión que se hará cargo de las
tareas administrativas partidarias desde el 1º de septiembre hasta el 07 de
octubre de 2012, sin perjuicio de las facultades propias de la Convención
Provincial, integrada por 3 personas, cuya designación estará a cargo de la
Mesa Directiva de esta Convención.-
ARTICULO 8º.- Adherir
a los festejos por el Centenario de la Federación Agraria Argentina, enviando
las comunicaciones de rigor.
ARTICULO 9°.- Solicitar a la Mesa
Ejecutiva Nacional del GEN un incremento en el aporte mensual de fondos que se
remite al Distrito Entre Ríos y el trámite por ante el Ministerio del Interior
de un aporte extraordinario de fondos para actividades partidarias.
ARTICULO
10º.- Autorizar al Sr. Apoderado
Partidario, Dr. Néstor Golpe, a continuar con las gestiones que viene
desarrollando por ante la Justicia Electoral Federal con motivo de expedientes
diversos vinculados a las normas que regulan el régimen económico-financiero de
los partidos y las afiliaciones a las agrupaciones políticas. Asimismo, instar
a quienes se encuentren obligados a efectuar aportes partidarios a cumplir con
los mismos en tiempo y forma.
ARTICULO 11º.- Aprobar la
Declaración Política que como Anexo II forma parte de la presente, remitiéndola
a los medios de comunicación y a las autoridades partidarias nacionales.
ARTICULO 12º. Regístrese, Publíquese en el blog (www.genentrerios.blogspot.com)
del
Partido y Archívese.-
Villaguay, 31 de Agosto de 2012.-
María Isabel Virgolini
Valentina Uranga
Secretaria
Presidente
ANEXO II
– Resolución Nº 001/2012 Convención Provincial Partido GEN.-
Un grupo de
Convencionales y afiliados, encabezado por el Sr. Drago, Pedro Marcelo,
presentó en el día de hoy, 31 de agosto de 2012, a la hora 12:20, en
el domicilio particular de la Presidente de esta Convención, Valentina Uranga,
una nota en la que se rechaza la celebración de la Convención Provincial del
GEN, citada para esta fecha, aduciendo que la convocatoria contiene vicios
insalvables que la convierten en nula. Los presentantes plantean la nulidad de
la Convención si esta se constituye para deliberar.
Puesto el tema a
consideración de la Convención, luego de darse lectura a la nota de referencia,
por moción del convencional Machicote, que se aprueba por unanimidad, se solicita
al Sr. Apoderado partidario, que de su opinión técnica al respecto.
El Apoderado
partidario, Dr. Néstor Golpe, expresa que la nota debe rechazarse por
extemporánea, improcedente, fuera de lugar y carente de fundamentos. Señala que
aparece como un intento fútil y tardío para evitar el funcionamiento de la
máxima autoridad partidaria mediante un artilugio político que carece de
razonabilidad legal. La convocatoria a la Convención fue debidamente formulada
y comunicada fehacientemente. Se publicó en el Boletín Oficial de la Pcia. de
Entre Ríos y en diarios locales de las ciudades de Paraná, Concepción del
Uruguay y Gualeguaychú, mediante edictos. Se enviaron decenas de correos
electrónicos a dirigentes y militantes del partido conteniendo la convocatoria.
La misma fue reflejada en noticias publicadas en varios medios de prensa. Se
efectuó una presentación ante la justicia electoral comunicando la convocatoria
y acompañando instrumentos que acreditan lo antedicho. Se publicó la
convocatoria en el blog partidario, que está oficializado ante la justicia
electoral. Del mismo modo, se publicó la convocatoria en la página web del
partido nacional GEN. En la última reunión nacional de la Mesa Ejecutiva del
GEN se comunicó la realización de esta Convención. Desde principios de año se
ha venido hablando en varias reuniones partidarias acerca de la necesidad de
convocar la Convención. En una de ellas, en la ciudad de Villaguay, varios
dirigentes se expresaron en ese sentido, en tanto por vía de mensaje de texto,
desde el Comité de Concordia se hizo saber su apoyo a la convocatoria de la
Convención. Se efectuaron varias reuniones previas en las que participaron
algunos de los que firman la nota con pretensión nulificatoria, en las que se
acordó el Orden del Día de la Convención y hasta se adecuó su fecha por expreso
pedido de uno de ellos. El Secretario del Comité Ejecutivo Provincial, de la
gestión que finalizó el 31-08-12, envió un correo electrónico a la Presidente
de la Convención solicitando la remisión del proyecto de Reglamento Interno que
se ha discutido y aprobado hace minutos en este cuerpo, para entregarlo a los
convencionales de Concepción del Uruguay. Con ello ha convalidado que tiene
conocimiento oportuno y en forma de la convocatoria y el orden del día de esta
Convención. Curiosamente, algunos de los firmantes de la nota en cuestión son
convencionales de ese departamento. El Presidente del Comité Ejecutivo
Provincial saliente, ha remitido a esta Convención, con firma de su puño y
letra, un Informe de Gestión, de acuerdo a uno de los puntos de la Convocatoria
establecido en el Orden del Día, con lo que demuestra su conocimiento previo y
avala la constitución de esta sesión. No existe ninguna disposición en la Carta
Orgánica ni en otra normativa que regule procedimientos para convocar a la
Convención. De hecho, hace instantes se ha aprobado el Reglamento Interno de la
Convención que, por supuesto, opera de pleno derecho hacia delante y por ende
no puede ser invocado hacia atrás. En lo que respecta a la consideración de la
Memoria y Estado Contable se incurre en un error de apreciación de las
disposiciones de la Carta Orgánica confundiendo cuestiones propias de la
Comisión Revisora de Cuentas con atribuciones del Comité Ejecutivo Provincial.
Si este organismo no efectuó algún acto corre por su cuenta y como está dicho
en un principio jurídico “nadie puede alegar su propia torpeza”. Del mismo, la
presentación efectuada por el referido grupo de convencionales es una
aceptación por la teoría de los actos propios, que se tenía conocimiento previo
y fehaciente de la convocatoria a esta Convención por lo que, en lugar de
atacarla de nulidad, debieron hacerse presentes, al efecto de participar
democráticamente de la misma.
La Presidente de
esta Convención y la Secretaría de la misma, a su turno, ratificaron una a una,
todas las acciones y medidas implementadas a los efectos de comunicar
debidamente a los Srs. Convencionales la Convocatoria a la Convención y que
fueran relatadas por el Apoderado partidario.
Puesta la nota de
referencia en consideración, por unanimidad se aprueba su rechazo, por los
fundamentos antes expuestos, que en Anexo serán parte de la Resolución que se
someterá a votación, oportunamente, junto a otros temas que son parte del Orden
del Día.-
María Isabel Virgolini
Secretaria
Secretaria
Valentina Uranga
Presidente
Presidente
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