lunes, 31 de diciembre de 2012

CONVOCATORIA A ELECCIONES - DISTRITO ENTRE RIOS


RESOLUCION N° 001 /2012
GEN
Distrito Entre Ríos
CONVOCATORIA A ELECCIONES INTERNAS
PARA RENOVACION  DE AUTORIDADES PARTIDARIAS.
VISTO:
Lo dispuesto en la Carta Orgánica partidaria y por la Convención Provincial del Partido GEN – Distrito Entre Ríos; y
CONSIDERANDO:
Que el 27 de febrero de 2013 vence el mandato de las autoridades partidarias provinciales, de departamento y de municipio;
Que, en consecuencia, debe procederse a la elección para renovación de autoridades partidarias del Comité Ejecutivo de la Provincia, de la Convención Provincial, de otros órganos partidarios de Entre Ríos; asimismo se deben elegir las autoridades departamentales y de municipio por el período indicado en la presente.-
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Carta Orgànica, corresponde al Comité Ejecutivo de la Provincia efectuar la 
convocatoria a elecciones internas para la elección de autoridades partidarias, quedando la organización del comicio a cargo de la Junta Electoral del partido;
POR ELLO:
EL COMITÉ EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DEL PARTIDO GEN – DISTRITO ENTRE RIOS, en uso de las atribuciones que la Carta Orgánica partidaria otorga,
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Convocar a elecciones internas, para la elección de autoridades partidarias del Comité Ejecutivo de la Provincia; Delegados a la Convención Provincial; el Tribunal de Disciplina; la Comisión Revisora de Cuentas; la Junta Electoral; el Rector del Instituto de Formación y Capacitación Política y Gremial (I-Gen) y los Responsables Económico-Financieros de Campaña,  a celebrarse el dia 03 de febrero de 2013.-
ARTICULO 2º.- Convocar a los afiliados del GEN, Distrito Entre Ríos, para que con el voto directo y considerando a la Provincia como Distrito Único, y por el período 2013-2015, se elijan:
2.1) Diecisiete (17) miembros titulares: Presidente, Vicepresidente 1°, Vicepresidente 2°, Vicepresidente 3º, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero y 9 (nueve) Vocales Titulares y 5 (cinco) Vocales Suplentes para el Comité Ejecutivo Provincial;
2.2) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes del Tribunal de Disciplina.
2.3) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes de la Comisión Revisora de Cuentas.
2.4) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes de la Junta Electoral.
2.5) El Rector del  Instituto de Formación y Capacitación Política y Gremial (I-Gen).
2.6) Dos (2) Responsables Económico-Financieros de Campaña (conforme Ley 26.215).
ARTICULO 3º.- Convocar a los afiliados en cada uno de los Departamentos en que se divide la Provincia, para integrar la mesa directiva de los Comités de Departamento por el período 2013/2015, formada por: 3.1) Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y vocales titulares y suplentes del respectivo Comité de Departamento. Se elegirán la cantidad de vocales titulares y suplentes de sus actuales integraciones, no pudiendo el número total de miembros titulares ser mayor de 8 (ocho) ni menor de 3 (tres). El número total de vocales suplentes no podrá ser menor al 50 % de los vocales titulares.
3.2) Asimismo, para elegir, por el período 2013-2015, Sesenta y Ocho (68) Delegados titulares y Treinta y Cuatro (34) suplentes a la Convención Provincial, de conformidad con lo dispuesto en la Carta Orgánica.-
ARTICULO 4º .- Convocar a los afiliados en cada uno de los Distritos, Sección Electoral,
Circuitos o Municipios, conforme se divide cada uno de los Departamentos de la Provincia, para elegir sus autoridades, por el período 2013-2015,  debiendo proceder los Comité de Departamento respectivos de conformidad a lo dispuesto en el art. 28 de la C.O, no pudiendo el número de miembros titulares ser mayor de 12 (doce) ni menor de 7 (siete). Ningún comité podrá tener menos de 3 (tres) vocales ni más de 8 (ocho), y contarán con el 50 % de vocales suplentes. La mesa directiva se integrará por:  Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero,  y vocales titulares y suplentes del respectivo Comité de Municipio, o Sección o Circuito.
ARTICULO 5°.- Diferir la elección de representantes de la Organización de la Juventud del GEN de Entre Ríos hasta tanto se complete o constituya la reorganización de sus autoridades, oportunidad en que serán convocados sus afiliados y adherentes para hacerlo a efectos de completar el mandato de los respectivos cuerpos de gobierno partidarios.-
ARTICULO 6°.- Considerar parte integrativa de la presente Resolución, la Reglamentación del acto electoral que obra en el Anexo I;  y sus modificatorias que a tal efecto se dicten.-
ARTICULO 7°.- Comunicar a los miembros de la  Junta Electoral partidaria que se constituyan conforme su competencia a sus efectos; a los Comités de Departamento, a la Organización Provincial de la Juventud, a la Secretaría Electoral Nacional y a la Secretaría del Tribunal Electoral de la Provincia
ARTICULO 8º. Regístrese, Publíquese en el blog (www.genentrerios.blogspot.com) del Partido y Publíquese por una vez Edicto de Convocatoria en el Boletín Oficial de Entre Ríos y Archívese.-
                                                      Concepción del Uruguay, 29 de  Diciembre  de 2012.-

           Edgar Raimondo                                                           
                 Secretario                                                                    
            Javier Elizalde
              Presidente

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