RESOLUCION N° 001 /2012
GEN
Distrito Entre Ríos
CONVOCATORIA A ELECCIONES INTERNAS
PARA RENOVACION DE AUTORIDADES PARTIDARIAS.
VISTO:
Lo dispuesto en la Carta Orgánica partidaria y por la Convención
Provincial del Partido GEN – Distrito Entre Ríos; y
CONSIDERANDO:
Que el 27 de febrero de 2013 vence el mandato de las autoridades
partidarias provinciales, de departamento y de municipio;
Que, en consecuencia, debe procederse a la elección para
renovación de autoridades partidarias del Comité Ejecutivo de la Provincia, de la Convención Provincial ,
de otros órganos partidarios de Entre Ríos; asimismo se deben elegir las autoridades
departamentales y de municipio por el período indicado en la presente.-
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Carta Orgànica , corresponde
al Comité Ejecutivo de la Provincia efectuar la
convocatoria a elecciones internas para la elección de autoridades
partidarias, quedando la organización del comicio a cargo de la Junta Electoral
del partido;
POR ELLO:
EL COMITÉ EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DEL PARTIDO GEN – DISTRITO
ENTRE RIOS, en uso de las atribuciones que la Carta Orgánica partidaria
otorga,
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Convocar a elecciones internas, para la elección de
autoridades partidarias del Comité Ejecutivo de la Provincia; Delegados a la Convención Provincial ;
el Tribunal de Disciplina; la Comisión
Revisora de Cuentas; la Junta Electoral ; el Rector del
Instituto de Formación y Capacitación Política y Gremial (I-Gen) y los
Responsables Económico-Financieros de Campaña, a celebrarse el dia 03 de febrero de 2013.-
ARTICULO 2º.- Convocar a los afiliados del GEN, Distrito Entre Ríos, para que
con el voto directo y considerando a la Provincia como Distrito Único, y por el período
2013-2015, se elijan:
2.1) Diecisiete (17) miembros titulares: Presidente,
Vicepresidente 1°, Vicepresidente 2°, Vicepresidente 3º, Secretario, Prosecretario,
Tesorero, Protesorero y 9 (nueve) Vocales Titulares y 5 (cinco) Vocales
Suplentes para el Comité Ejecutivo Provincial;
2.2) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes del Tribunal
de Disciplina.
2.3) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes de la Comisión Revisora
de Cuentas.
2.4) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes de la Junta Electoral.
2.5) El Rector del Instituto de Formación y Capacitación Política
y Gremial (I-Gen).
2.6) Dos (2) Responsables Económico-Financieros de Campaña
(conforme Ley 26.215).
ARTICULO 3º.- Convocar a los afiliados en cada uno de los Departamentos en que
se divide la Provincia ,
para integrar la mesa directiva de los Comités de Departamento
por el
período 2013/2015, formada por: 3.1) Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero,
y vocales titulares y suplentes del respectivo Comité de Departamento. Se
elegirán la cantidad de vocales titulares y suplentes de sus actuales
integraciones, no pudiendo el número total de miembros titulares ser mayor de 8
(ocho) ni menor de 3 (tres). El número total de vocales suplentes no podrá ser
menor al 50 % de los vocales titulares.
3.2) Asimismo, para elegir, por el período 2013-2015, Sesenta y
Ocho (68) Delegados titulares y Treinta y Cuatro (34) suplentes a la Convención Provincial , de conformidad con lo
dispuesto en la Carta
Orgánica.-
ARTICULO 4º .- Convocar a los afiliados en cada uno de los Distritos, Sección Electoral,
Circuitos o Municipios, conforme se divide cada uno de los
Departamentos de la
Provincia , para elegir sus autoridades, por el período 2013-2015,
debiendo proceder los Comité de
Departamento respectivos de conformidad a lo dispuesto en el art. 28 de la C.O , no pudiendo el número de
miembros titulares ser mayor de 12 (doce) ni menor de 7 (siete). Ningún comité
podrá tener menos de 3 (tres) vocales ni más de 8 (ocho), y contarán con el 50
% de vocales suplentes. La mesa directiva se integrará por: Presidente, Vicepresidente, Secretario,
Tesorero, y vocales titulares y
suplentes del respectivo Comité de Municipio, o Sección o Circuito.
ARTICULO 5°.- Diferir la elección de representantes de la Organización
de la Juventud
del GEN de Entre Ríos hasta tanto se complete o constituya la reorganización de
sus autoridades, oportunidad en que serán convocados sus afiliados y adherentes
para hacerlo a efectos de completar el mandato de los respectivos cuerpos de
gobierno partidarios.-
ARTICULO 6°.- Considerar parte integrativa de la presente Resolución, la Reglamentación del acto
electoral que obra en el Anexo I; y sus
modificatorias que a tal efecto se dicten.-
ARTICULO 7°.- Comunicar a los miembros de la Junta Electoral partidaria
que se constituyan conforme su competencia a sus efectos; a los Comités de Departamento,
a la
Organización Provincial de la Juventud, a la Secretaría
Electoral Nacional y a la Secretaría del Tribunal Electoral de la Provincia
ARTICULO 8º. Regístrese, Publíquese en el blog (www.genentrerios.blogspot.com) del Partido y Publíquese por
una vez Edicto de Convocatoria en el Boletín Oficial de Entre Ríos y Archívese.-
Concepción del Uruguay, 29 de Diciembre de 2012.-
Edgar Raimondo
Secretario
Javier Elizalde
Presidente
No hay comentarios:
Publicar un comentario