- RESOLUCION DE MESA EJECUTIVA-COMITÉ EJECUTIVO PROVINCIALPARTIDO GEN - Distrito Entre Ríos:CONVOCATORIA A ELECCIONES INTERNASPARA RENOVACION DE AUTORIDADES PARTIDARIAS.VISTO:Lo dispuesto en la Carta Orgánica partidaria, por el Comité Ejecutivo de la Provincia y por laConvención Provincial del Partido GEN – Distrito Entre Ríos, en este último caso en fechas 16de enero y 09 de julio de 2021, conforme a la Ley 27622; yCONSIDERANDO:Que la Convención Provincial del Partido GEN-Distrito Entre Ríos, en uso de sus atribucionesy en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal,administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la ley27.541; la ampliación de la emergencia sanitaria dispuesta por el decreto 260/20 y sumodificatorio; y el decreto 297/20 y sus modificatorios que estableció la medida de'Aislamiento social, preventivo y obligatorio' y de 'Distanciamiento Social, Preventivo yobligatorio', y sus normas complementarias en relación a la pandemia de Covid 19, en fecha16/01/2021, prorrogó los mandatos de todas las autoridades partidarias elegidas el 31 demarzo de 2019 hasta el año 2022, fijando comicios internos de renovación partidaria para el27 de marzo de 2022. Por ello, se prorrogó el mandato de las autoridades partidarias hastala asunción de las nuevas autoridades surgidas de dicha elección. En fecha 09/07/2021 laConvención Provincial ratificó dicha prórroga de mandatos en tanto el Congreso Nacional, enfecha 19/05/2021, sancionó la Ley 27622 que permitió a los partidos políticos de distrito ynacionales que, en razón de las circunstancias sanitarias excepcionales imperantes, nohayan podido renovar sus autoridades, podrán actuar durante el año 2021 manteniendo lagestión y administración a cargo de las últimas autoridades debidamente constituidas einformadas a la Justicia Federal con competencia electoral, quienes ejercerán todas lasfunciones previstas en sus respectivas cartas orgánicas.Que habiendo sido llamadas las elecciones internas de renovación de autoridades por elmáximo órgano partidario para el 27 de marzo de 2022, le corresponde al Comité EjecutivoProvincial del partido GEN implementar la convocatoria formal de las mismas.Que, atento al compromiso asumido por el Comité Ejecutivo Provincial, debe procederse a laelección para renovación de autoridades partidarias del Comité Ejecutivo de la Provincia, dela Convención Provincial, de otros órganos partidarios de Entre Ríos; asimismo se debenelegir las autoridades departamentales y de municipio por el período indicado en la presentey por indicación de la Junta Ejecutiva Nacional del Partido GEN (Orden Nacional) a losdelegados y congresales en los cuerpos partidarios nacionales en representación del PartidoGEN de Entre Ríos.
- Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Carta Orgánica, la Mesa Ejecutiva delComité Ejecutivo de la Provincia, conforme lo acordado por ante la Convención Provincial,procede a convocar a elecciones internas para la elección de autoridades partidarias,quedando la organización del comicio a cargo de la Junta Electoral del partido, disponiendoque por Presidencia, con intervención del Apoderado partidario, se instrumenten detalles deeste llamado.POR ELLO:LA MESA EJECUTIVA DEL COMITÉ EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DEL PARTIDO GEN – DISTRITOENTRE RIOS, en uso de las atribuciones que la Carta Orgánica partidaria otorga,R E S U E L V E:ARTICULO 1°.- Convocar a comicios internos, para la elección de autoridades partidarias,titulares y suplentes, del Comité Ejecutivo de la Provincia; Delegados a la ConvenciónProvincial; el Tribunal de Disciplina; la Comisión Revisora de Cuentas; la Junta Electoral; elRector del Instituto de Formación y Capacitación Política y Gremial (I-GEN); los ResponsablesEconómico-Financieros de Campaña; el Responsable Político de Campaña, y delegados ycongresales ante los órganos del Partido GEN (Orden Nacional) en representación del PartidoGEN de Entre Ríos, a celebrarse el dia 27 de marzo de 2022, llamando a los afiliados delGEN, Distrito Entre Ríos, para que con el voto directo y considerando a la Provincia comoDistrito Único, y por el período 2022-2024, elijan:1.1) Once (11) miembros titulares: Presidente, Vicepresidente 1°, Vicepresidente 2°,Vicepresidente 3º, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero y 3 (tres) VocalesTitulares y 6 (seis) Vocales Suplentes para el Comité Ejecutivo Provincial;1.2) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes del Tribunal de Disciplina.1.3) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes de la Comisión Revisora de Cuentas.1.4) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes de la Junta Electoral.1.5) El Rector del Instituto de Formación y Capacitación Política y Gremial (I-GEN).1.6) Dos (2) Responsables Económico-Financieros de Campaña (conforme Ley 26.215).1.7) Un (1) Responsable Político de Campaña.1.8) Tres (3) miembros titulares delegados y dos (2) suplentes a la Junta Ejecutiva Nacionaldel GEN (Orden Nacional) y Cinco (5) miembros titulares congresales y Dos (2) suplentes alCongreso Nacional del GEN (Orden Nacional), todos en representación del Partido GEN,Distrito Entre Ríos.ARTICULO 2º.- Convocar a los afiliados en cada uno de los Departamentos en que se dividela Provincia, para integrar la mesa directiva de los Comités de Departamento por el período2022/2024, formada por: 2.1) Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y vocalestitulares y suplentes del respectivo Comité de Departamento. Se elegirán la cantidad devocales titulares y suplentes de sus actuales integraciones, no pudiendo el número total de
- vocales titulares ser mayor de 8 (ocho) ni menor de 3 (tres). El número total de vocalessuplentes no podrá ser menor al 50 % de los vocales titulares.2.2) Asimismo, para elegir, por el período 2022-2024, Treinta y Cuatro (34) Delegadostitulares y Diecisiete (17) suplentes a la Convención Provincial, de conformidad con lodispuesto en la Carta Orgánica.-ARTICULO 3º .- Convocar a los afiliados en cada uno de los Distritos, Sección Electoral,Circuitos o Municipios, conforme se divide cada uno de los Departamentos de la Provincia,para elegir sus autoridades, por el período 2022-2024, debiendo proceder los Comité deDepartamento respectivos de conformidad a lo dispuesto en el art. 28 de la C.O, no pudiendoel número de miembros titulares ser mayor de 12 (doce) ni menor de 7 (siete). Ningúncomité podrá tener menos de 3 (tres) vocales ni más de 8 (ocho), y contarán con el 50 % devocales suplentes. La mesa directiva se integrará por: Presidente, Vicepresidente,Secretario, Tesorero, y vocales titulares y suplentes del respectivo Comité de Municipio, oSección o Circuito.ARTICULO 4°.- Diferir la elección de representantes de la Organización de la Juventud delGEN de Entre Ríos atento a la constitución de su Junta Provincial Promotora hasta tanto secomplete o constituya la reorganización de sus autoridades, oportunidad en que seránconvocados sus afiliados y adherentes para hacerlo a efectos de completar el mandato delos respectivos cuerpos de gobierno partidarios.-ARTICULO 5°.- Considerar parte integrativa de la presente Resolución, la Reglamentacióndel acto electoral que obra en el Anexo I; y sus modificatorias que a tal efecto se dicten.-ARTICULO 6°.- Comunicar a los miembros de la Junta Electoral partidaria que seconstituyan conforme su competencia a sus efectos y elaboren el Cronograma electoral; alos Comités de Departamento, a la Junta Promotora de la Organización Provincial de laJuventud, a la Secretaría Electoral Nacional, a la Secretaría del Tribunal Electoral de laProvincia y a la Mesa Ejecutiva Nacional del Partido GEN.-ARTICULO 8º. Regístrese, Publíquese en el blog (www.genentrerios.blogspot.com) delPartido, y por una vez publíquese Edicto de Convocatoria en el Boletín Oficial de Entre Ríos,póngase a disposición en el domicilio legal partidario y Archívese.-Gualeguaychú, 24 de febrero de 2022.-Elena Barcos Osvaldo Fernández Francisco LaroccaVicepresidente 1º Vicepresidente 2º PresidenteNicolás Cabrera José MikulasSecretario Tesorero
No hay comentarios:
Publicar un comentario