viernes, 27 de noviembre de 2020

SE TRATO PROYECTO DE FICHA LIMPIA EN LA LEGISLATURA PORTEÑA

Ficha Limpia: el proyecto fue rechazado en la Legislatura porteña 27 de noviembre, 2020 El bloque de Vamos Juntos (Juntos por el Cambio) en la Legislatura porteña no logró ayer sumar los votos necesarios para aprobar un proyecto de ley conocido como “Ficha Limpia”, que impide que personas condenadas por causas de corrupción, delitos contra la administración pública y contra la integridad sexual se presenten a elecciones. La iniciativa fue puesta en consideración durante la sesión ordinaria y obtuvo 38 votos a favor, de los 40 que requiere este tipo de norma, dado que contemplaba una modificación del Código Electoral porteño. Los votos a favor fueron de las bancadas del PRO, Socialismo, Confianza Pública, Coalición Cívica (CC) y UCR-Evolución, que conforman el interbloque de Vamos Juntos, mientras que en contra sumaron 20 votos de los bloques del Frente de Todos y el Frente de Izquierda. El proyecto, del legislador oficialista Gastón Blanchetiere, propone que los precandidatos que se postulen a cargos electivos tengan la obligatoriedad de presentar su registro de antecedentes penales. Al respecto, el diputado del Frente de Todos (FdT), Juan Manuel Valdés, criticó al oficialismo porteño “por insistir en el tratamiento del proyecto a sabiendas que no tenía los votos para aprobarlo” y evaluó que “lo hicieron solo para lograr un título en los medios”. Por su parte, la legisladora del PTS, Myriam Bregman, consideró que “no se puso en debate un proyecto de ley, sino una campaña política” y afirmó que “no se entiende cómo pudieron votar afirmativamente, es muy peligroso”. La iniciativa establecía que serían causales de inelegibilidad de los precandidatos “en elecciones primarias ni candidatos en elecciones generales a cargos públicos electivos de la Ciudad aquellos que se encuentren con procesamiento firme por la comisión de delito de lesa humanidad o por haber actuado en contra de las instituciones democráticas y los condenados por: delitos contra la integridad sexual; cohecho y tráfico de influencias; malversación de caudales públicos; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; exacciones ilegales; enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados; encubrimiento; y el delito de fraude en perjuicio de la administración pública”. También sostenia que “el Tribunal Electoral controla de oficio el cumplimiento de los requisitos previo a la oficialización de cada lista de candidatos” y que no se autorizaría a “ninguna lista que no cumpla estos requisitos, ni que incluya candidatos que no hubieran resultado electos en las elecciones primarias por la misma agrupación política y por la misma categoría por la que se presentan, excepto en el caso de la candidatura de vicejefe de Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 99 y en el caso de renuncia, fallecimiento o incapacidad conforme lo dispuesto en el presente código”. Además preveía que en el caso de que se advierta con posteridad a las elecciones que alguno de los candidatos electos registrara antecedentes por los delitos enumerados anteriormente, se deberá dar inmediato aviso a la Legislatura porteña.

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