Conflicto Social y la Institucionalidad Ambiental
en Argentina
Por
julio 22, 2020
Hacia una Agenda de Políticas Públicas
Ambientales en el marco de los Derechos Humanos, que permita articular
respuestas institucionales sólidas ante el reclamo social, romper la
desigualdad, construir consensos, desde el federalismo y la pluralidad, con un
Estado presente, moderno y eficiente.
En el país se suceden con una
frecuencia creciente diversos conflictos sociales de raíz ambiental. Algunos
han escalado a la consideración pública masiva, a través de los medios de
comunicación, y han merecido diversa respuesta de los poderes públicos, como el
caso de la Cuenca Matanza-Riachuelo, el reclamo de las comunidades de la
Cordillera contra la megaminería y la lucha de Gualeguaychú y los pueblos de la
Cuenca del Bajo Río Uruguay por la instalación de plantas de pasta de celulosa.
Estos son contadísimos ejemplos de una vasta movilización social que, sin
distingos de lugares y sectores, ocurre en la Argentina contemporánea, que se
vincula a una efervescente y dinámica conciencia colectiva respecto del
ambiente y los recursos naturales. Al surgimiento de un marco normativo
nacional e internacional que se remonta a los años ´70 del siglo pasado, y que
presenta un pico de calidad intensiva en la recepción de la materia ambiental
en la Constitución Nacional reformada en 1994, y su sucedáneo de leyes de presupuestos
mínimos de protección, reformas de constituciones provinciales y sanción de
normas protectivas y complementarias en provincias y municipios, le ha seguido
un proceso lento y sistemático de sentencias en algunos ámbitos judiciales que
marcan hitos de hondo impacto en la consideración de los justiciables y en sus
consecuencias respecto de los restantes poderes, que, a su vez, se muestran
exasperantemente lentos y evasivos frente a la protesta social.
Ambiente y Derechos Humanos
Los reclamos colectivos se inscriben
en la protección de los Derechos Humanos y en el
Derecho de todos los habitantes a gozar de “un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo” (Art. 41º Constitución Nacional). No basta con este pilar tutelar de los derechos, de altísima importancia, puesto que en la práctica los gobiernos no han estado a la altura de la evolución social en la comprensión y valoración del ambiente y su vinculación con el desarrollo sostenible. El Estado ha estado ausente, ineficaz, moroso y antiguo. Políticas erráticas, funcionarios displicentes, enfrentamientos jurisdiccionales, estrategias electoralistas, ausencia de presupuestos sólidos, lobbys empresariales, corrupción, indolencia, conflicto de intereses, desvastadoras campañas comunicacionales, compromiso superficial, son algunas de las tantas acciones e inacciones que se pueden endilgar, sobre todo a ciertas administraciones. No se trata de demonizar a nadie, pero sí de ubicar responsabilidades y errores para diseñar, de forma participativa y colaborativa, una agenda que coloque a la construcción institucional ambiental en condiciones de interpretar y dar respuesta a las justas reclamaciones del colectivo social. Hasta aquí esa respuesta ha sido lánguida y espasmódica.
Derecho de todos los habitantes a gozar de “un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo” (Art. 41º Constitución Nacional). No basta con este pilar tutelar de los derechos, de altísima importancia, puesto que en la práctica los gobiernos no han estado a la altura de la evolución social en la comprensión y valoración del ambiente y su vinculación con el desarrollo sostenible. El Estado ha estado ausente, ineficaz, moroso y antiguo. Políticas erráticas, funcionarios displicentes, enfrentamientos jurisdiccionales, estrategias electoralistas, ausencia de presupuestos sólidos, lobbys empresariales, corrupción, indolencia, conflicto de intereses, desvastadoras campañas comunicacionales, compromiso superficial, son algunas de las tantas acciones e inacciones que se pueden endilgar, sobre todo a ciertas administraciones. No se trata de demonizar a nadie, pero sí de ubicar responsabilidades y errores para diseñar, de forma participativa y colaborativa, una agenda que coloque a la construcción institucional ambiental en condiciones de interpretar y dar respuesta a las justas reclamaciones del colectivo social. Hasta aquí esa respuesta ha sido lánguida y espasmódica.
Desde las universidades, fundaciones
y organizaciones, investigadores, científicos y especialistas, también se ha
avanzado mucho y son para destacar los recursos humanos con que se cuentan en
el país que se distinguen a nivel regional e internacional. Sin embargo, no
alcanza, no es suficiente porque el conflicto ambiental que puede conmover a un
sector social merece procedimientos e instituciones sólidas y confiables para
que se tramite, se procese y se resuelva.
Por dónde tenemos que ir ?
En esa senda, el Acceso a la
Información, la Participación Pública, la Educación Ambiental y el Acceso a la
Justicia, son herramientas imprescindibles para edificar la arquitectura de la
institucionalidad ambiental. El 4 de marzo de 2018 se adoptó en Escazú (Costa
Rica) el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación
Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el
Caribe, sin embargo el Congreso Nacional aún no lo ha ratificado para que entre
en vigor e incorporarlo a la legislación interna. Está vigente la Ley 25.831
que establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para garantizar
el derecho de acceso a la información ambiental, pero sobran los funcionarios
remisos para cumplirla y jueces bien dispuestos a encontrar excusas formalistas
para rechazar amparos por mora que se interponen ante la ausencia de suministro
de los informes que solicitan ciudadanos y organizaciones. No hay políticas de
gobierno que promuevan el efectivo cumplimiento del deber de entregar
información ambiental. En los pliegues de la justicia aún anidan rémoras del
procesalismo rancio y cavernícola presto a encontrar un defecto formal, por
nimio que fuere, para no pronunciarse sobre la cuestión de fondo. El rechazo al
amparo está más cerca de la firma de algunos magistrados que el sentido común y
la recepción de las preocupaciones comunitarias en torno al ambiente y los
recursos naturales. Son recurrentes los proyectos de infraestructura y
productivos que resultan fallidos por no respetar los mecanismos de
participación ciudadana en los estudios y evaluación de impacto ambiental,
exigidos por distintas normas. Más allá de la inclusión en algunas currículas,
la Educación Ambiental brilla por ausencia. En el Congreso de la Nación no ha
merecido el trámite legislativo correspondiente el proyecto de ley de creación
de la Justicia Federal Ambiental presentado por Margarita Stolbizer, en el que
trabajamos junto al Dr. Mariano Aguilar. Hasta aquí el panorama desalienta. Sin
embargo, no todo es desazón. Hay fallos judiciales que dan lugar al optimismo y
la esperanza. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, al igual que otras
cortes nacionales de la región, ha dictado un fallo donde incorpora principios
además de las reglas de aplicación. En el fallo “Amarras” introdujo los
principios “in dubio pro natura” e “in dubio pro agua”. En la reciente
sentencia sobre la disputa entre las provincias de Mendoza y La Pampa respecto
del río Atuel, estableció claros mandatos rectores en materia hídrica
ambiental, en relación al concepto de cuenca, y al federalismo de concertación
y la cooperación interestatal entre provincias y Nación. Otras cortes
nacionales han receptado como sujeto de derecho a un recurso natural como lo es
un río.
Una Agenda inclusiva y pluralista
Cambiar el presente para asegurar el
futuro demanda esfuerzo, energía, imaginación y valentía. Hay que romper la
desigualdad y en ese sentido las políticas públicas son determinantes. Desde
una mirada diversa se necesita una Agenda, que como hoja de ruta, marque
objetivos concretos, detrás de una orientación hacia la transición ecológica,
con participación democrática, construcción de consensos y federalismo. La
primera estación se integra con el desafío de articular una institucionalidad
ambiental robusta que recepte el reclamo social. Más democracia ambiental, es
más protección del ambiente y los recursos naturales. Derechos al acceso a la
información, participación pública, educación ambiental y acceso a la justicia,
con procedimientos ágiles, amparo ambiental y medidas cautelares, son
herramientas que han de revestirse de formas, que con respeto al debido proceso
legal, admitan la máxima amplitud en la legitimación activa, la oralidad, el
empleo de las tecnologías de la información y la comunicación, y la
informalidad administrativa. Otra cuestión que no demanda mayores esfuerzos es
hacer realidad el derecho de las comunidades a ser oídas. Por ejemplo en los
organismos binacionales que administran recursos naturales como la Comisión
Administradora del Río Uruguay, la Comisión Administradora del Río de la Plata
y la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande, por citar algunos casos. Es
inadmisible que la sociedad civil no tenga una silla en esos ámbitos para ser
escuchada. Se trata, entonces, de convocar a la movilización de ideas, aportes
y voluntades para lograr la instalación de un potente reclamo que permita en el
siglo XXI que los Derechos Ambientales, parte de los Derechos Humanos, tengan
un reconocimiento real, concreto, habitual, horizontal y plural. Es uno de los
desafíos que llama a la lucha, la misma que tantos pueblos enarbolan día a día,
muchas veces en soledad.
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