martes, 24 de septiembre de 2019

DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA EL ESTADO NACIONAL POR EL DECRETO 591

DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA EL ESTADO NACIONAL POR EL DECRETO 591 
Margarita Stolbizer, Presidenta de la Asociación Civil Bajo la Lupa, presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el Estado Nacional por la firma del Decreto 591/2019, que permitirá el ingreso al país de materiales sin certificado de inocuidad. 
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Con el patrocinio de los Dres. Ramiro EGÜEN y Silvina MARTINEZ, solicitaron la nulidad absoluta de la norma firmada por el Presidente Mauricio Macri por contravenir el artículo 41 de la Constitución Nacional, según el cual: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”. Porque además el citado artículo concluye de manera categórica que: “Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos”. 

Asimismo, la demanda de la Asociación Bajo La Lupa solicitó la Medida Cautelar de suspensión de los efectos del decreto impugnado ya que su ejecución podría alterar, de manera negativa, la protección del medioambiente afectando derechos fundamentales. 

La ley de residuos peligrosos también forma parte de una concepción integral del derecho protectorio que nuestro estado nacional ha adoptado frente al ambiente, los recursos naturales y los derechos humanos. El decreto cuestionado ha disminuido las exigencias que se requerían para la habilitación del ingreso y transporte de residuos considerados peligrosos, disminuyendo, por tanto, los niveles de protección. 

Para Margarita Stolbizer, ello implica la violación del principio de progresividad que forma parte de la Ley Nacional de Gestión Ambiental N° 25675: “La legislación argentina ha experimentado una firme defensa del ambiente y los derechos de las personas que tienen su raigambre en el artículo 41 de la Constitución Nacional. La Ley Nacional de Ambiente establece una cantidad de principios sobre los que se debe regir la política ambiental. Entre ellos, el principio de progresividad es la prohibición del retroceso en términos de protección ambiental. Ello también concuerda con las normas internacionales a los que Argentina ha adherido. Las soluciones graduales implican la ampliación y nunca la reducción de los derechos ambientales. La protección no puede disminuir. Existe una prohibición de regresión ambiental. Esa es la violación más flagrante del Decreto presidencial. Es un retroceso inadmisible que debe ser suspendido en su ejecución hasta tanto se resuelva su nulidad”.

Por otra parte, la demanda de Bajo La Lupa sostiene que el Decreto preocupa porque elimina el requisito de inocuidad y peligrosidad de origen. El decreto ni siquiera explica cuáles serían los beneficios que los argentinos podrían obtener con esas medidas en la importación de basura, ni mucho menos dónde radica la necesidad de esta decisión. 

“Todo daño a la salud o al medio ambiente debe ser evitado o minimizado a través de medidas de carácter precautorio, evitando las consecuencias. En ello radica el pedido que formulamos, para que se ordene la nulidad del decreto pero se resuelva de inmediato y como medida cautelar, la suspensión del mismo”. 

El Decreto N° 591 fue publicado en el Boletín Oficial el 27 de agosto del corriente año, lleva la firma del Presidente Mauricio Macri y de parte de su Gabinete. Modifica normas vigentes (leyes y decretos) que establecían concretas restricciones a la importación, introducción y transporte de residuos, como también a la generación, tratamiento y disposición de aquellos considerados peligrosos. Esa normativa había establecido para todo el territorio nacional, adecuados estándares de protección ambiental en línea con normativas de jerarquía superior. Pero el reciente decreto presidencial implica un retroceso irrazonable y peligroso para el ambiente, los recursos naturales y los derechos consagrados en el artículo 41 de la Constitución Nacional. 

Stolbizer preside la ONG Bajo La Lupa, creada en el año 2017 y que tiene, entre sus propósitos: “I) Incentivar una cultura de no impunidad de los crímenes de cualquier tipo, a través de la prevención, investigación, denuncia y condena. Para ello podrá promover como actor, denunciante y/o querellante acciones judiciales en cualquier fuero que tengan por objeto la lucha contra la corrupción, la transparencia en los tres poderes del ámbito estatal nacional, provincial o municipal o bien defender el cumplimiento de la Constitución Nacional”. 

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