miércoles, 14 de noviembre de 2018

JUNTA  ELECTORAL DEL GEN ENTRE RÍOS: SE SALVA OMISIÓN. SE HACE LUGAR A IMPUGNACIÓN Y SE OTORGA PLAZO.
 
Con motivo de lo resuelto por la Junta Electoral del GEN de Entre Ríos otorgando un plazo de tres días hábiles a la Lista "Federalismo y Cambio" para reemplazar a la candidata a congresal titular en 4º lugar, se advierte que se omitió consignar su identidad, tratándose de la Sra. Edith Jacqueline Villagra, salvándose de este modo tal involuntaria omisión. Con relación a la impugnación presentada por el apoderado de la Lista "Federalismo y Cambio", Sr. Daniel Ballester, se informa que se ha resuelto hacer lugar a la misma por cuanto los candidatos de la Lista "Línea Progresista" Crispens Susana Carina, candidata a Congresal Suplente en 1er. lugar, y Arnau Federico Maximiliano, candidato a Congresal Suplente en 2do. lugar, no se encuentran afiliados al Partido GEN Distrito Entre Ríos.  Por su parte, los candidatos de esa misma Lista, Sres. Darío Alejandro Dayub, Farías Rita Evangelina y Esquivel Matías José, presentados como candidatos titulares como delegados ante la Junta Ejecutiva Nacional del GEN por el Distrito Entre Ríos, no cuentan con la antiguedad de afiliación mínima requerida para tales cargos por la Carta Orgánica Nacional del GEN. Igual situación se da con   los candidatos a delegados suplentes para la Junta Ejecutiva Nacional, Srs. Gloria Dora Fontana y Renzo Fernando Correa. Asimismo, tampoco  cuentan con la antiguedad mínima de afiliación requerida para los cargos para los que se postularon los Sres. candidatos titulares al Congreso Nacional del GEN, Héctor Fernández Sagasti, Gisela Patricia Larrea, Nancy Mercedes Martínez y Etcheverry Ismael Sebastiàn. También se ha verificado que no cuenta con la antiguedad en la afiliación necesaria la candidata a congresal suplente en 3º lugar, Iselli Mónica Susana. Lo expuesto es suficiente para desestimar la Lista "Línea Progresista" por cuanto uno solo de sus miembros se encuentra en condiciones de postularse para los comicios en cuestión. Sin embargo, y tal como se adelantó oportunamente, la Junta Electoral del GEN de Entre Ríos, otorga un plazo de tres días hábiles a la Lista "Línea Progresista" para efectuar reemplazos de candidatos, garantizándose la igualdad entre los participantes, debiendo cumplirse acabadamente con los requisitos establecidos por la Carta Orgánica Nacional del GEN y el Reglamento Electoral de aplicación. Se informa que se ha constatado en el Padrón partidario en uso y mediante informes recabados a la Justicia Electoral Federal, las situaciones señaladas de ausencia de afiliaciones o carencia de antiguedad mínima de afiliación para los cargos a elegirse. 
El presente se publica igualmente en la página web partidaria. 
Atte. Gastón Etchegoyen, Junta Electoral GEN de Entre Ríos.-
Entre Ríos 14 de noviembre de 2018.

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